Consejo escolar

Definición

La ley 19.979 de Jornada Escolar Completa Diurna crea los Consejos Escolares para todos los establecimientos subvencionados del país. Su formación es obligatoria, por ello, el Consejo Escolar es el espacio participativo integrado a las escuelas y liceos de Chile como la instancia que resguarda la mirada de todos los miembros de la comunidad educativa: sostenedores, directivos, docentes, padres, madres y apoderados/as, estudiantes, asistentes de la educación. Todos/as, con roles enmarcados en derechos y deberes, resguardando la participación activa y representativa de cada uno/a, logrando con esto, trabajar sobre la realidad de cada comunidad y lograr acuerdos que fortalezcan la calidad de la educación de nuestros niños, niñas y jóvenes.

Rol

Los Consejos Escolares tienen una responsabilidad especial por su carácter representativo. Por esto, tienen que encargarse de generar en la escuela espacios de formación, participación, y propiciar el fortalecimiento del encuentro interestamental y las confianzas institucionales, vale decir, validar el trabajo en equipo, valorar la opinión de otros/as y consensuar y construir acuerdos. Constituir el Consejo Escolar es el primer paso, hacerlo funcionar con la participación de todos es el siguiente.

Ámbitos de acción

  • El Consejo Escolar tiene atribuciones de tipo consultivo, informativo y propositivo, y si así lo determina el sostenedor, podrá ser también resolutivo. Específicamente, deber ser informado y consultado sobre las siguientes materias.
  • El Consejo Escolar de nuestro colegio es de carácter consultivo e informativo.

Debe ser informado sobre

  • a)    Los   logros   de   aprendizaje   de   los/as estudiantes.
  • b)    El Director/a del establecimiento informa, a lo menos semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar y/o mediciones de la calidad de la educación, obtenidos por el establecimiento.
  • c)    Sobre   los   informes   de   las   visitas   de fiscalización del Ministerio de Educación.

    d)    Sobre informes de las diferentes áreas de acción tales como: Convivencia Escolar, Comités Debido Proceso, ACLE, Premiaciones, Hitos escolares, etc.

  • e)    Informe          ingresos          efectivamente percibidos y de los gastos efectuados.

Debe ser consultado sobre

  • a)    Proyecto Educativo Institucional;
  • b)    Programación anual y  actividades extracurriculares.
  • c)    Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos.
  • d)  El informe escrito de la gestión educativa del establecimiento que realiza el Director/a anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa.
  • e)    La elaboración y las modificaciones al reglamento interno del establecimiento.

Integrantes

  1.  Rectora: Sra. Ana Luisa Ormeño Novoa
  2. Representante Sostenedor: Sr. Juan Francisco Jara.
  3. Inspector General:  Sr. Rodrigo Alarcón Sedano.
  4. Representante Docentes: Sr. Orlando Oñate
  5. Presidenta CEPA: Claudia Aceituno Flores
  6. Presidenta Centro de Estudiantes: Srta. Josefa Lucaveche Rosales
  7. Representante de asistentes educación: Srta. Valeria Duarte Santibáñez